El IRS no ha podido ser ofertado
por los bancos hasta ahora. El
posible sustituto del euríbor, es ya una realidad.
Una circular del Banco de España, la 5/2012 de27 de junio, a entidades de crédito y proveedores de servicios de pago sobre
transparencia y responsabilidad en la concesión de préstamos, que fue publicada el pasado viernes en
el Boletín Oficial del Estado (BOE),
indica que los bancos ya pueden ofertarlo.
Así, además del euríbor, las entidades podrán referenciar créditos al Interest Rate Swap (IRS), a un plazo de cinco años.
El IRS será de aplicación en las nuevas hipotecas y en
aquellas anteriores cuyos índices desaparezcan. También
es cierto que al nuevo índice aún le espera un periodo de ajuste de
varios meses.
¿Qué es el IRS?
El
IRS es un índice que refleja el coste del dinero a cinco años sin prima
de riesgo. Es el mismo indicador que se utiliza para los tan denostados swaps (que
la banca inventó para defenderse de la bajada de tipos del euríbor). La
cuota hipotecaria del IRS se revisaría cada 5 años.
El objetivo del IRS es desvincular las hipotecas del interés interbancario a un año o el interés al que se prestan dinero los banco.
El objetivo del IRS es desvincular las hipotecas del interés interbancario a un año o el interés al que se prestan dinero los banco.
¡Ojo con el IRS porque…las hipotecas
pueden terminar por ser más caras!
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