viernes, 7 de junio de 2013

NUEVA LEY DE ARRENDAMIENTOS


Nueva Ley de Arrendamientos: Con esta nueva regulación Hacienda diferencia las viviendas de alquiler Turístico y las viviendas de alojamiento permanente, con ello se establecen varias diferencias: por un lado se aplica un tipo fiscal diferente aunque a los dos se les exigirá estar en posesión del Certificado Energético. Las novedades principales que trae es que el Contrato pasa de tener una duración de 5 años a 3, que el propietario podrá reclamar la vivienda una vez haya pasado 1 año de arrendamiento, que el inquilino podrá ser desahuciado con tan solo un mes de impago y dispondrá de 10 días para liquidar la deuda. Se acaba el chollo para los inquilinos morosos y el fisco se pone las botas con los nuevos tratamientos fiscales y exigencias comunitarias.



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