¿Te has planteado el alquiler con opción a compra, llámame y te ofreceré inmuebles en estas favorables condiciones, en Valencia y costa de Alicante, ya sabes...649901695
El alquiler de pisos con opción a compra es un tipo de
compraventa que ofrece la posibilidad de adquirir un inmueble después de un
tiempo en régimen de alquiler, de forma que los pagos mensuales que se hayan
abonado en concepto de alquiler serán descontados del precio de la vivienda en
el momento de la compra. Generalmente, en este tipo de contratos, el plazo de alquiler
oscila entre 3 y 5 años.
La principal ventaja de esta opción para el comprador es que
los pagos que se van realizando durante la vida del contrato de arrendamiento
no van a un saco roto. Así, el inquilino no pierde el dinero invertido durante
el arrendamiento, sino que forma parte del precio final del inmueble.
Este tipo de contrato es válido tanto en obra nueva, como en
pisos de segunda mano, y también en viviendas de Protección Oficial. En el caso
de viviendas de Protección Oficial es conveniente consultar la normativa al
respecto en la comunidad en la que nos encontremos,
Contrato de alquiler con opción a compra:
El contrato en sí es similar a cualquier contrato de
arrendamiento. La diferencia estriba en que este incluye una cláusula adicional
en la que se fijan las condiciones de la opción de compra: Precio, plazos,
cargas, otorgamiento de escritura pública y gastos e impuestos.
Los interesados, por tanto, firman un contrato mixto en el
que el arrendador o propietario de la vivienda cede en arrendamiento su
propiedad durante un plazo de tiempo estipulado y garantiza al arrendatario o inquilino
que podrá adquirirla en los términos que fije el contrato. Llegado el momento
de la compra, ambos, arrendador y arrendatario, se comprometen a elevar a
escritura pública de compraventa el anterior contrato.
Este tipo de contratos está amparado por la Ley de Arrendamientos Urbanos
y el artículos 1.255 del Código Civil, en el que se dice que “Los contratantes
pueden establecer los pactos, cláusulas y condiciones que tengan por
inconveniente, siempre que no sean contrarios a las leyes, a la moral ni al
orden público”.
En líneas generales las partes del contrato, según Fuster
consulting, se pueden resumir en los siguientes puntos.
• Datos personales de las partes que suscriben el contrato:
Arrendador y arrendatario.
• Manifiesto en el que el arrendador declara que es
propietario de una vivienda, adquirida según escritura de compraventa y el
arrendatario manifiesta su deseo de alquilarla con opción de compra.
• Cláusulas. En esta parte del contrato se describen las
condiciones que lo regirán.: Plazos, cantidades, situación del mobiliario, etc.
entre las principales están:
1. Donde se detalla que la vivienda está libre de cargas y
ocupantes.
2. Finalidad de la residencia. Uso que el arrendatario hará
de la vivienda.
3. Duración del contrato.
4. Situación del mobiliario y condiciones en las que el
arrendatario debe devolver el mobiliario.
5. Precio del alquiler. Cuotas mensuales, forma de pago,
duración, cantidad entregada al arrendador en concepto de pago por adelantado y
cantidad en concepto de fianza.
7. Posibles reparaciones. Que parte está obligada a realizar
las reparaciones necesarias para conservar la vivienda. Esta obligación suele
recaer sobre el arrendador. Aquí es conveniente detallar que las reparaciones
que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda serán de cuenta del
arrendatario.
8. Derechos de cesión o subarriendo. Lo habitual es que una
vivienda alquilada no se pueda volver a alquilar a terceros. Tenga en cuenta
que una posible cesión o subarriendo del inmueble total o parcialmente puede
dar lugar a la resolución del mismo.
9. Juzgados y Tribunales a quién corresponde la resolución
de posibles litigios.
10. Opción de Compra.
Condiciones que marcarán la futura compraventa:
a. El precio de venta de la vivienda y el descuento de las
mensualidades de renta.
b. Declaración de que el inmueble se transmitirá libre de
arrendatarios, ocupantes y precaristas.
c. Fecha para elevar a escritura pública el contrato de
compraventa.
d. Gastos e impuestos a quién corresponda.
Lo mejor en estos casos es contar con el asesoramiento de un
experto. No obstante, aquí tienes un modelo de contrato de alquiler con opción
de compra
Consejos a la hora de alquilar un piso con opción de compra.
1. Procura negociar un precio de compra venta de acuerdo con
el mercado.
2. Procura que el plazo de alquiler antes de la compra sea
lo más extenso posible. 5 años está bien
3. Procura que a la hora de realizar la compra venta, lo
pagado hasta entonces en concepto de alquiler sea descontado del precio de la
vivienda en su totalidad. No obstante entre el 50% y el 100% está bien.
4. Pregunta sobre las posibles ayudas, tanto estatales como
autonómicas, a las que te puedes acoger.
Noticia de FusterConsulting
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